Casi a diario vemos o participamos de casos de desobediencia civil: cuando cortamos una calle para protestar o cuando ocupamos un edificio público con el mismo fin, cometemos desobediencia civil. La desobediencia civil es un mecanismo de control ciudadano donde rompemos leyes para comunicar injusticias una vez que ya agotamos todos los caminos legales para comunicar dicha injusticia. La desobediencia civil es un tópico central dentro de toda teoría de la democracia ya que nos obliga a reflexionar sobre cuándo está justificado romper las leyes y por ello mi finalidad aquí es caracterizar a la desobediencia civil y distinguirla de otras formas de desobediencia al derecho para así poder tener debates más informados y de mayor calidad cuando discutamos acerca de las protestas sociales.
Quienes sostienen que la desobediencia civil es aceptable dentro de una teoría de la democracia argumentan que hay circunstancias donde el derecho no debe ser obedecido y que esa desobediencia debe ser una desobediencia particular para que esté justificada ya que no todo tipo de desobediencia lo está (Lefkowitz, 2007; 215).[3] Cuando en una democracia una ley es considerada injusta y ya se agotaron todos los canales legales de reclamo y contestación, la ciudadanía está justificada a cometer desobediencia civil para comunicar la injusticia y presionar para que sea corregida. Algunos ejemplos de canales legales de reclamo y contestación son el apelar al poder legislativo, expresarse en la prensa, manifestaciones en espacios públicos o desafiar al gobierno en el momento de las elecciones (Pettit, 2012b ; 62). Cuando estos canales ya se agotaron y la injusticia persiste, se puede cometer desobediencia civil ya sea desobedeciendo la propia ley injusta o bien desobedeciendo otras leyes para comunicar la injusticia causada por dicha ley.[4]
El deber de obediencia a las leyes es dependiente del contenido de las mismas: si el contenido es decidida y profundamente injusto, está justificado comunicar dicha injusticia mediante mecanismos ilegales. La desobediencia civil es un mecanismo de contestación aceptado (aunque ilegal) ya que no aboga por modificar de raíz el sistema político (que se presupone legítimo), sino por corregir el contenido injusto del derecho de ese sistema (Pettit; 2012b: 65). La desobediencia civil, entonces, no es ni revolución ni rebeldía (Pettit; 2012b: 63).
Toda justificación de la desobediencia civil supone que la democracia, además de un compromiso procedimental (encarnado por ejemplo en la regla de la mayoría), es primariamente un compromiso sustantivo, es decir, un compromiso moral robusto dependiente de principios de justicia. Si una ley contradice lo que un principio sustantivo prescribe es parte de ser un ciudadano comprometido con el bien común desobedecer la propia ley o desobedecer otras leyes con el fin de modificarla. En ese caso se desobedece al derecho por estar obedeciendo un principio moral sustantivo con el cual las leyes no pueden estar en contradicción (Ramos Pascua, 2010).
Otras características fundamentales de la desobediencia civil son: ser comunicativa (desea comunicar una injusticia), ser pública (ni privada ni secreta), comunicar una injusticia (quien desobedece tiene una conciencia moral y política), ser no violenta y aceptar el castigo por desobedecer (ya que quien desobedece debe ser fiel a su sistema político y jurídico) (Brownlee; 2017).[5]
El derecho para resistirse a los dictámenes de las autoridades (el famoso derecho de resistencia) no debe tomarse como sinónimo de un derecho a la desobediencia civil. Mientras que cuando ejercemos nuestro derecho de resistencia no reconocemos al derecho vigente como válido, ejercer desobediencia civil supone que nos encontramos en un Estado cuya constitución nacional reconocemos como legítima (Gargarella; 2007: 15). Tampoco es correcto confundir desobediencia civil con objeción de conciencia. Ésta última es privada y su finalidad es exceptuar a una persona de cumplir con cierta disposición jurídica mientras que la desobediencia civil es pública y tiene por fin comunicar una injusticia esperando un cambio en el status quo jurídico y/o político. La objeción de conciencia simplemente busca la excepción sin hacer una valoración general de la ley que prescribe la conducta a exceptuar (Neira y Szmulewicz; 2006: 188).
Referencias:
-Brownlee, K.. “Civil Disobedience”. The Stanford Encyclopedia of Philosophy (2017), disponible en: https://plato.stanford.edu/entries/civil-disobedience/.
-Rawls, J. “A theory of justice”, Massachusetts: Harvard University Press, 1971.
-Lefkowitz, D. (2007) «On a Moral Right to Civil Disobedience”, Ethics 117, no. 2, 202-33
– Pettit, P. -(2012a), “On the people’s terms”, Princeton: Princeton University Press.
-(2012b), “Legitimacy and justice in Republican perspective”, Current Legal Problems, Vol. 65.
-Gargarella, R. (2007), “El derecho de resistencia en situaciones de carencia extrema”, Astrolabio Revista Internacional de Filosofía, N° 4, pp. 1-29
– Neira,K y Szmulewicz,E.(2006) “Algunas reflexiones en torno al derecho general de objeción de conciencia”, Derecho y humanidades, n°12, pp.185-198.
– Ramos Pascua, J.A. (2010), “La ética interna del derecho”, Bilbao: Desclée.
[1] Esta nota es un extracto con ligeras modificaciones de un artículo de mi autoría publicado en la “Revista Jurídica de la Universidad de San Andrés” en el año 2021 bajo el título “ Neo-republicanismo, desobediencia civil y dominación horizontal”.
Para acceder al articulo completo: https://revistasdigitales.udesa.edu.ar/index.php/revistajuridica/article/view/131/110
[2] Estudiante de Filosofía de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
[3] Esta disyunción es importante ya que excluye otras opciones de desobediencia que no se tratan de desobediencia civil y no están moralmente justificadas.
[4]Rawls ejemplifica este último punto de desobedecer a una ley de forma directa o de forma indirecta con el caso hipotético de una ley que no le permite a una minoría ejercer el derecho político del sufragio (Rawls 1971). Podemos desobedecer de dos maneras. Una manera sería no votando el día de las elecciones en forma de protesta. Es decir, desobedeciendo la propia ley que regula el voto. Dado que en Argentina el sufragio es obligatorio, no asistir a votar es desobedecer una ley. Otra manera de desobedecer sería desobedecer otras leyes para comunicar la injusticia de la ley que regula el voto. Por ejemplo, cortar una carretera y así desobedecer las leyes que garantizan la libertad de circulación para protestar contra la ley injusta que regula el derecho al voto.
[5] Hay quienes objetan que la desobediencia civil puede ser violenta sin por ello dejar de ser desobediencia civil. Ver: https://plato.stanford.edu/entries/civil-disobedience/.