Por Ludmila Belingueres

El concepto de “seguridad social” se remonta al siglo XIX, en torno a las relaciones de producción capitalistas y a la seguridad de los trabajadores en cuanto a accidentes, vejez o enfermedades. A finales del siglo XIX y a lo largo del XX, se han destacado los modelos de seguridad social de Bismarck en Alemania y de Beveridge en el Reino Unido. Como es posible notar rápidamente, el origen de la seguridad social evoca a situaciones extraordinarias o de potencial desempleo: hoy discutimos sobre la necesidad de proteger socialmente desde el estado, aun a los que trabajan.

La seguridad social ha cambiado con el tiempo y a la par de las transformaciones económicas y políticas, respondiendo a las demandas sociales de las diferentes coyunturas. La discusión acerca del Salario Básico Universal (SBU) se enmarca en una ampliación del concepto y varía según las condiciones sociales y económicas, también políticas, del país del que se trate.

El mundo, y más recientemente la Argentina, discute acerca de la implementación de un SBU que, en concreto, en nuestro país estaría destinado a los trabajadores de bajos ingresos (entre ellos de la economía formal e informal) y también al sector más económicamente vulnerable de los desocupados que no reciban otros planes sociales. El monto debería cubrir la Canasta Básica Alimentaria de un adulto, que, según el INDEC, en mayo se situó en $15.057. Para cubrir la Canasta Básica Total ($33.727) partiendo desde ese ingreso, faltarían $18.670.

Lo que resulta destacable del tema y lo que este artículo se propone abordar, es que es un plan social destinado a alcanzar a un sector de la economía formal, es decir, la seguridad social alcanzó a los trabajadores registrados y en actividad. Si utilizamos, al menos en el plano teórico, al SBU como un termómetro social y económico: ¿Qué pasó para que el Estado deba financiar trabajadores formales? ¿Qué podría hacer el Estado para resolver en el largo plazo la cuestión? Ese es el eje del debate que este artículo pretende abordar: trabajadores que, aun teniendo un trabajo formal, son pobres.

El proyecto de ley

En concreto, el proyecto de ley que pide por la implementación del Salario Básico Universal en la Argentina, y del cual sería Autoridad de Aplicación la ANSES, tiene algunos puntos a destacar. Como se indicó al principio, el presente artículo tiene por objeto analizar la coyuntura que evidencia la necesidad de la implementación del SBU, pero antes vamos a repasar algunos detalles del proyecto en pro de una mayor claridad conceptual.

Al inicio, el proyecto enfatiza sobre la ampliación del sistema de seguridad social a través de la implementación de un SBU y para, como indica el apartado e del artículo 2 del título I, aumentar la autonomía y la libertad de acción individual, así como el pleno ejercicio de la ciudadanía.

El sector de la sociedad al que estaría destinada esta prestación monetaria encierra el eje de la cuestión, cito: “El SALARIO BÁSICO UNIVERSAL (SBU) será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; se encuentren inscriptas en la categoría “A” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, modificatorias y complementarias; se encuentren inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 25.865, modificatorias y complementarias; se encuentren trabajando en relación de dependencia con registro de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y perciban un ingreso bruto anual igual o inferior al establecido para la categoría “A” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, modificatorias y complementarias; se encuadren en el Régimen de Trabajo Agrario Ley N° 26.727, modificatorias y complementarias; y a los trabajadores y trabajadoras declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844, modificatorias y complementarias (…)”.

El proyecto, a simple vista, no presenta más que unas pocas diferencias notables con respecto a los planes sociales y prestaciones estatales de seguridad social que están en vigencia. De aquellas, la más importante es que esta prestación pretende alcanzar – en parte – a una población diferente a la que, en general, se habían destinado las ayudas sociales del Estado y es a un sector de la economía formal.

También se enumeran tres pilares base entre los objetos del proyecto: la redistribución del excedente que produjo la sociedad, la reducción de la tasa de indigencia, la equidad de género y el federalismo. Acerca de los dos últimos, es interesante hacer un comentario.

Los conceptos del trabajo y la concepción del trabajo en sí mismo han ido mutando, por ejemplo, en los últimos años la legislación argentina avanzó en materia de reconocimiento de tareas de cuidado y de que las tareas del hogar – que, en general, recaen sobre la mujeres – son un trabajo no pago que históricamente se atribuyó al afecto o a la responsabilidad natural de quienes lo llevan adelante. Para que este avance no sea meramente simbólico, la legislación en materia económica y social debería acompañar las conquistas culturales. Entonces, puede que, que quienes realizan tareas de cuidado en sus hogares reciban un SBU, sea uno de los puntos fuertes del proyecto.

Con respecto al federalismo, el proyecto señala su intención de extenderse a lo largo y ancho del país. Este punto no podría ser juzgado antes de su aplicación: que deba ser federal, en caso de aplicarse, no está en cuestión; que se aplique correctamente, es completamente cuestionable y sería un error incurrir en ese análisis ahora. Por otra parte, las diferentes realidades de las provincias debieran ser tenidas en cuenta y, tal vez a modo de recomendación, podrían hacerse evaluaciones de impacto tomando parte de la población de las diferentes provincias (o regiones) y generar un grupo de control y otro de tratamiento antes de ampliar el proyecto, aun entendiendo la urgencia del caso.

Entre los fundamentos del Proyecto de Ley, se incluye la siguiente mención: “Recientemente la OIT, en su informe de la Comisión Mundial Sobre el Futuro del Trabajo, plantea: “los gobiernos deben garantizar la protección social universal desde el nacimiento hasta la vejez para todos los trabajadores en todas las formas de empleo, incluido el empleo por cuenta propia, sobre la base de una financiación sostenible y los principios de solidaridad y reparto de riesgos”.” Al respecto, me interesa resaltar la cuestión de la financiación sostenible de las políticas (a corto, mediano o largo plazo) porque da un motivo más para que la Argentina discuta su sistema impositivo regresivo e instituya uno progresivo que redistribuya los ingresos, al menos en el corto plazo. Donde los que más tienen paguen más y no haya impuestos comunes (como es el caso del IVA) para quienes tienen un salario de $50.000 (un poco más del promedio de los salarios en el tercer trimestre del año 2021) y quienes declaran patrimonios que ascienden a los $200 millones.

Otro de los puntos importantes, tiene que ver con la diferenciación entre la prestación monetaria que reciban: “las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; se encuentren inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, (…); se encuadren en el Régimen de Trabajo Agrario Ley N° 26.727, (…); y a los trabajadores y trabajadoras declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, (…)” y “las personas que se encuentren inscriptas en la categoría “A” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, (…) y para las personas que se encuentran trabajando en relación de dependencia y perciban ingresos brutos anuales iguales o inferiores al establecido para la mencionada categoría “A”. En el primer caso, recibirán el 100% de la prestación, en el segundo el 50%.

Finalizando la mención de los detalles, la prestación sería no contributiva y pretende alcanzar a ciudadanos argentinos (o con residencia en el país de dos años mínimos) de entre 18 y 64 años, inclusive. Las contraprestaciones que exige el beneficio son casi las mismas a las que piden los demás planes sociales, entre ellas la finalización de estudios primarios o secundarios y la capacitación laboral. Lo que no queda del todo claro es cómo realizarían – y, en cualquier caso, por qué – las contraprestaciones las personas empleadas, ya como monotributistas, ya en el propio hogar.

El Salario Básico Universal como termómetro social

Al inicio del artículo, se explicó que el mismo giraría en el eje de la población trabajadora que está bajo la línea de la pobreza, lo cual representa una antigua novedad que comenzó en las últimas décadas del siglo XX. El problema queda así planteado: el desacoplo de la productividad y la creación de empleos de los salarios/ingresos de los trabajadores formales.

Los procesos productivos demandan mano de obra cada vez más calificada e incorporan cada vez más tecnología, lo que genera no solo el desacople antes señalado sino también una brecha salarial entre los trabajadores: los calificados y los no calificados, es decir, los – ya irremediablemente – prescindibles. Los marginales del futuro inmediato, los que sin un SBU o alguna otra prestación, no podrían cubrir sus necesidades básicas.

El concepto de pleno empleo se volvió una retórica que evoca a los años 50, al ápice de las ideas keynesianas después de la Segunda Guerra Mundial y, en la Argentina, a la etapa del primer peronismo. No obstante, ésta es la retórica más elegida para campañas y formación de programas electorales. La meta de los últimos gobiernos rondó al pleno empleo, ninguno lo consiguió y el proyecto del SBU objeta que, de conseguirlo no todos podrían satisfacer sus necesidades básicas.

Las reglas de juego del capitalismo se han transformado y desde mediados de los setenta se vienen planteando nuevos desafíos, pero no se modifican las formas de enfrentarlos. Los desafíos son para los que trabajan, para los capitalistas y para el Estado. De hecho, y no en vano, las preguntas centrales en las corrientes ideológicas suelen ser ¿Qué rol juega el Estado en tanto interventor o en tanto benefactor? ¿Hasta dónde debe intervenir?

El Estado

El Estado está sufriendo una crisis profunda. Por un lado, la falta de creatividad para adaptarlo en un mundo que hoy sobrevive adaptándose. Ya por la insistencia con el Estado de Bienestar del siglo XX o por la idealización del Estado Liberal del siglo XIX. Por el otro, las dificultades empíricas del Estado para intervenir en las relaciones laborales atravesadas por la tecnología.

Parece que la lógica heredada de “si crece la industria, crece el empleo y crecen los salarios” pierde algo de sentido en las condiciones actuales de producción, donde la tecnología tiene un rol ineludible y donde los trabajos menos calificados se vuelven cada día más prescindibles. Es el Estado el organismo que tiene el deber de intervenir en esta situación, de destinar políticas a la protección de los trabajadores menos calificados para que el mercado no los expulse a la marginalidad o bien para contrarrestar esa situación. A la par, debe, si quiere pensar a largo plazo, emprender la formación de mano de obra calificada y apta para los mercados del presente y el futuro.

En esto, el sector privado tiene que ser el colaborador más entusiasta del Estado. Hay ideas alentadoras al respecto y giran en torno a: La financiación por parte de empresas privadas en conjunto con el Estado (en el nivel nacional, provincial o municipal) a series de becas para la capacitación de jóvenes de las ciudades donde se radican diferentes empresas, orientada a las necesidades de mano de obra que tengan, garantizando el acceso a empleos formales con calificación media/alta, evitando que la tecnología reemplace por completo esa mano de obra y asegurándose las empresas, por otra parte, personal con conocimientos específicos que demanda su proceso productivo.

Todavía hay acciones concretas que pueden dar respuestas consistentes a las demandas del “nuevo” contexto. La discusión sobre el Salario Básico Universal, lo deja de manifiesto: si hay trabajadores que son pobres, el Estado debe acompañar, pero el sector privado no puede dejar de hacerse eco de esta realidad social, hay proyectos muy alentadores.

La relatividad de la tecnología

Usando como disparador el debate acerca del SBU, el Estado debería asumir su tarea como interventor y regulador de la incorporación de tecnología según las necesidades y características de su población. Teniendo en cuenta que la positividad de las nuevas tecnologías es relativa, la pregunta podría ser “¿Qué tipo de tecnología es necesaria en la Argentina?” y creo que el análisis debiera ser a partir de las tasas de calificación de la mano de obra nacional.

La tecnología siempre será progreso mientras exista un Estado que genere políticas destinadas a proteger a sus ciudadanos.

Conclusión

En el corto plazo, el Salario Básico Universal podría dar respuestas y contiene varios puntos interesantes, pero si no está acompañado por políticas que moldeen (en el mediano plazo) las características de los trabajadores argentinos en función de las demandas del mercado, no promete nada. Tal vez, y casi como utopía, en el largo plazo la Argentina pueda moldear no sus trabajadores en función del mercado, sino los mercados en función de los trabajadores. Aún estamos lejos de pensar en eso, pero empezar a pensar en ese mediano plazo nada inconquistable es por demás alentador. Eso sí, como urge el SBU para quienes lo proclaman, urge que el Estado asuma su rol histórico adoptando las modificaciones que este siglo le impone.

No discutimos, cuando hablamos del Salario Básico Universal, sobre “SBU sí o SBU no”. En verdad, estamos afrontando – bien o mal – el desafío que plantea el capitalismo del siglo XXI, un sistema económico, social, político y cultural que está impregnado por los avances tecnológicos y por los requerimientos de mano de obra cada vez más calificada. Si se aplica o no el SBU, corresponderá a quienes hoy toman las decisiones, pero sostener el debate es responsabilidad del conjunto de los argentinos. Porque éste, el del Salario Básico Universal, es un primer acercamiento a los debates que tenemos por delante si asumimos que —nos guste o no— dejamos de vivir en el siglo XX, y el XXI también tiene sus complejidades.