
De aquel «nadie es más alto que la Constitución» se cumplen 36 años en el día de la fecha. El concepto proviene de Arenzón s/ amparo. De un instituto con el nombre de un pensador del derecho salió esta decisión de la CSJN en el año 1984, en una de las tradicionales «paradas de carro» del judicial al administrativo en materia de acceso a derechos.
En la decisión se declaró la antijuridicidad de un reglamento administrativo que discriminaba a un ciudadano por sus condiciones corporales. De esta manera se reivindicó, así entendemos, el espíritu democrático de la CN, tan discutido y debatido.
El sumario nos dice lo siguiente: «(…) cabe preguntarse si no sería más compatible con la estructura democrática de aquél, antes que el requisito del metro y sesenta, para poder ingresar a la carrera docente, la exigencia de un juramento de lealtad a la Constitución Nacional que incluya el expreso compromiso de repudiar desde la cátedra la promoción por parte de cualquier persona, simple ciudadano o funcionario de los poderes constituidos, de toda idea o acto que conduzcan al desconocimiento de sus principios y garantías fundamentales».
Señalemos que las acertadas decisiones judiciales son recordadas y festejadas.
Fallo completo: http://www.saij.gob.ar/descarga-archivo?guid=rstuvwfa-llos-comp-uest-o84000170pdf&name=84000170.pdf
Iniciativa del post por Bautista Orol.