Por Santiago Poznansky1
Si bien los abogados pueden tener algunos momentos filosóficos en su labor diaria, éstos son muy aislados y esporádicos. Además, la práctica jurídica no necesita que un abogado sea un avezado filósofo del derecho o que suscriba a tal o cual teoría filosófica del derecho. Son los filósofos quienes se ocupan de pensar y argumentar respecto a las preguntas fundamentales en torno a la naturaleza del derecho.
La pregunta madre de la filosofía del derecho es la que se pregunta qué es el derecho. En particular se pregunta por el concepto de derecho y no, al menos prima facie, por la práctica jurídica. La pregunta por cómo funciona la práctica jurídica es terreno de otras disciplinas que no son necesariamente la filosofía del derecho, como por ejemplo la sociología del derecho.
La pregunta madre de la filosofía del derecho puede descomponerse, con fines propedéuticos, en otras preguntas filosóficas que son las que han originado los temas específicos de la filosofía del derecho. Algunas de esas preguntas son: ¿Por qué obedecer al Estado o por qué más bien no hacerlo? ¿Qué significa estar obligado a cumplir una norma? ¿Cuál es la naturaleza del derecho? ¿Estamos justificados a desobedecer las órdenes de una autoridad legítima? ¿En manos de quien debe estar el control de constitucionalidad de una norma? ¿Cuál es la relación entre derecho y moral? ¿Es necesario apelar a la moral para identificar qué es derecho? ¿Qué es un sistema de normas? ¿Cómo deben razonar los jueces? ¿Cuál es la justificación del castigo?2.
Siguiendo el curso de estas preguntas filosóficas es que han nacido subespecialidades y ramas dentro de la filosofía del derecho: la cuestión de la obligación política, la desobediencia civil, el control judicial de constitucionalidad, el razonamiento judicial, las teorías de la pena y el debate entre teorías naturalistas y positivistas del derecho, entre otras.
La cuestión de la obligación política indaga en torno a si la ciudadanía está moralmente obligada a obedecer normas emanadas de una autoridad legítima o si no lo está. El problema de la desobediencia civil nos invita a pensar qué formas de desobediencia al derecho están justificadas y qué restricciones deben tener los desobedientes para diferenciarla de otras formas de desobediencia al derecho (la rebeldía, la revolución, la desobediencia violenta, etc). El debate filosófico en torno al control de constitucionalidad gira en torno a si éste debe ser judicial (ya sea concentrado o difuso) o popular mediante plebiscitos.
Preguntarnos qué es un sistema normativo nos obliga a indagar en la lógica de dichos sistemas. Aquí la filosofía del derecho se cruza con un tipo de lógica particular: la lógica deóntica. Ella se encarga de analizar proposiciones cuya estructura contiene operadores que prescriben permisión, obligación o prohibición.
La lógica también se hace presente en la filosofía del derecho al analizar el razonamiento judicial para comprender cabalmente la estructura y la forma de un fallo o sentencia judicial con la que un juez resuelve un conflicto.
Indagar en la relación entre derecho y moral implica preguntarnos si una teoría del derecho depende a su vez de una teoría moral o preguntarnos si principios morales extrajurídicos son parte del derecho o no. Las teorías de la pena, por su parte, son las que se encargan de argumentar en favor de una justificación del castigo y las hay de varios tipos como por ejemplo la teoría retribucionista con influencia kantiana o la teoría prevencionista con influencia consecuencialista.
Toda mención es ingrata dado que siempre pensaremos en quienes faltan ser mencionados, pero aún así es importante mentar algunos filósofos del derecho ineludibles. Además de filósofos de primera mitad del siglo XX que han sido fundamentales como Hans Kelsen, Leo Strauss o Carl Schmitt es imposible comprender qué es y de qué se ocupa la filosofía del derecho sin leer la obra de H.L.A Hart, Ronald Dworkin, John Finnis, Joseph Raz y Jeremy Waldron. En el caso de nuestro país, Argentina, la filosofía del derecho ha tenido históricamente un nivel sumamente alto y ha dado enormes pensadores que dejaron huella a nivel nacional e internacional. Basta con mencionar a nombres de la talla de Carlos Cossio3, Ambrosio Gioja4, Ernesto Garzón Valdés5, Genaro Carrió6, Eugenio Bulygin7 y Ricardo Guibourg8. Sin duda hubo un antes y un después en la filosofía del derecho argentina con la figura de Carlos Nino9. Con Nino la filosofía del derecho argentina se actualizó rápida y enormemente insertando en la comunidad filosófica nacional las discusiones filosóficas que se daban en las universidades de élite del hemisferio norte. A pesar de su prematura muerte fue un autor sumamente prolífico con obras dedicadas a prácticamente todas las ramas de la filosofía del derecho.
Nino ha sido un maestro con gran cantidad de discípulos, por mencionar a algunos: Roberto Gargarella10, Carlos Rosenkrantz11, Andrés Rosler12, Marcelo Alegre13 y Martín Bohmer14, entre otros. En la actualidad en nuestro país hay jóvenes filósofos del derecho de primer nivel cuyos trabajos tienen reconocimiento internacional. Algunos de ellos son: Julio Montero15, Francisco García Gibson16, Ezequiel Monti17 y Nahuel Maisley18.
1 Estudiante avanzado de Filosofía en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Adscripto a la cátedra de filosofía del derecho de su facultad durante el período 2019-2021. pozansky.santiago@gmail.com
2 Esta lista de preguntas filosóficas en torno al derecho no es exhaustiva. Si bien esas son las preguntas más importantes de la filosofía del derecho también existen otros interrogantes filosóficos de los que se ocupan quienes se dedican a la filosofía del derecho.
3 Carlos Cossio es el padre de la famosa teoría egológica la cual propone un abordaje fenomenológico del derecho. Polemizó con el propio Kelsen, lo que le valió el reconocimiento de los filósofos del derecho más importantes del mundo.
4 Ambrosio Gioja. fue profesor titular de Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) durante muchos años encargándose de la formación de las primeras generaciones de filósofos del derecho de la facultad.
5 Ernesto Garzón Valdés se exilió en Alemania tiempo después del golpe de estado de 1976 y falleció allí en 2023. Produjo una vasta obra tanto en español como en alemán.
6 Genaro Carrió estudió en la Universidad de Oxford en 1964 donde conoció a H.L.A Hart y se familiarizó con su obra. Algunas de sus grandes contribuciones han sido la traducción al español de libros del propio Hart y de Alf Ross. Además fue presidente de la Corte Suprema de Justicia argentina entre 1983 y 1985 y miembro fundador de la Sociedad Argentina de Análisis Filosófico (SADAF)
7 Eugenio Bulygin nació en Ucrania y tras unos años en Austria desembarcó en Argentina a los 18 años. Su trabajo en lógica deóntica le mereció reconocimiento internacional siendo su libro de 1971 “Sistemas Normativos”, escrito junto a Carlos Alchourrón, rápidamente considerado como un clásico.
8 Ricardo Guibourg es de los más lúcidos defensores del positivismo jurídico de corte kelseniano. En OLEGISAR hemos entrevistado al Dr. Ricardo Guibourg. Puede verse la entrevista en este enlace: https://www.youtube.com/watch?v=gqfA9yj2rbI
9Carlos Nino se había doctorado en la Universidad de Oxford en 1977 con una tesis sobre filosofía del derecho penal y tras algunas estancias de investigación en Europa acabó regresando a Argentina para cumplir un rol fundamental en la transición democrática. En OLEGISAR hemos publicado un artículo sobre la labor de Nino como arquitecto conceptual del Juicio a las Juntas Militares junto con otros dos notables filósofos del derecho argentinos como Jorge Malamud Goti y Martín Farrell. Ver:https://olegisar.org/los-filosofos-detras-del-juicio-a-las-juntas-militares/
10 Roberto Gargarella cursó sus estudios de posgrado en la Universidad de Chicago y en la actualidad se desempeña como docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y como investigador del CONICET. Muy probablemente Gargarella sea el filósofo del derecho latinoamericano más importante e influyente de la actualidad.
11 Carlos Rosenkrantz realizó sus estudios de posgrado en la Universidad de Yale. Actualmente es el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Argentina.
12 Andrés Rosler obtuvo su doctorado en la Universidad de Oxford bajo la supervisión de John Finnis. Actualmente es profesor titular de la cátedra de Filosofía del Derecho de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA). También es investigador del CONICET.
13 Marcelo Alegre cursó estudios de posgrado en la Universidad de Nueva York (NYU). Actualmente es el director del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales “Ambrosio L. Gioja” de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
14 Martín Bohmer cursó sus estudios de posgrado en la Universidad de Yale. Actualmente es profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y de la Universidad de San Andrés (UDESA)
15 Julio Montero ha publicado en los journals y revistas más importantes de la disciplina y en 2023 la editorial de la Universidad de Pennsylvania publicó su libro “Human Rights as Human Independence: A Philosophical and Legal Interpretation”. Recibió su maestría y su doctorado en la University College London (UCL). Actualmente se desempeña como docente en la Universidad de San Andrés (UDESA) y es investigador del CONICET
16 Francisco García Gibson ha publicado cuantiosos trabajos vinculados a la justicia global y a la desobediencia civil. Durante 2020 y 2022 realizó una estancia de investigación en la London School of Economics (LSE). Es docente en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y es investigador del CONICET. En OLEGISAR entrevistamos a García Gibson y se puede acceder a la entrevista en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=7sVy0IWPwbg.
17 Ezequiel Monti se doctoró en 2019 en el King’s College London y se desempeña como docente en la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT).
18 Nahuel Maisley realizó maestría en la Universidad de Nueva York (NYU) y su trabajo académico gira en torno a la filosofía del derecho internacional público. Es docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y es investigador del CONICET.